Por medio de la Resolución No. 008-NG-DINARDAP-2020, la Dirección Nacional de Registro de Datos Públicos, expidió las normas que regulan los procedimientos de inscripciones de actos y contratos mercantiles y/o societarios de los Registros Mercantiles a nivel nacional. Las principales regulaciones de esta resolución son lo siguientes:
La resolución aplica únicamente para los trámites de inscripción que llevan a cabo los Registros Mercantiles que usen plataformas tecnológicas en la sustanciación de los trámites de inscripción de actos y contratos mercantiles y/o societarios.
El acceso a los trámites ciudadanos habilitados en la plataforma “GOB.EC”, se realizará a través de la carga de los datos requeridos en un formulario preestablecido.
Los solicitantes deberán suscribir una declaración de responsabilidad indicando que cumple con los requisitos establecidos en la normativa vigente para el ejercicio del trámite administrativo de inscripción; dispone de la documentación que así lo acredita; y, se compromete a mantener su cumplimiento durante el periodo de tiempo inherente a dicho ejercicio.
Los usuarios que soliciten la inscripción de actos y contratos mercantiles y/o societarios a través del uso de las tecnologías de la información y comunicación, deberán hacer uso de firma electrónica para suscribir el formulario que contiene la declaración responsable.
Se autoriza que las entidades del sector financiero habiliten canales de pago para el trámite de inscripciones en línea.
Dentro de los 5 días posteriores a la publicación de esta resolución, se podrán realizar los siguientes trámites en línea:
Inscripción de nombramientos;
Inscripción de contrato de compra venta con reserva de dominio; y,
Cancelación de inscripción de contrato de compra venta con reserva de dominio.
Si desea conocer más, por favor contactarse a info@prospectus.com.ec
El presente documento es únicamente de carácter informativo, no constituye una opinión o asesoría legal.
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